El Ayuntamiento de Peligros convoca ayudas urgentes de hasta mil euros para sostener a los pequeños y medianos negocios locales.

El Ayuntamiento de Peligros convoca ayudas urgentes de hasta mil euros para sostener a los pequeños y medianos negocios locales.

Dentro del plan municipal de ayudas económicas para paliar los efectos de la crisis sanitaria del COVID-19, el Ayuntamiento de Peligros, de forma urgente, convoca ayudas para los pequeños y medianos negocios del municipio, que incluye parte de Juncaril. Estas ayudas de hasta 1.000 € como cantidad máxima, se podrán solicitar a partir del 8 de Abril, día de publicación en el BOP, hasta el próximo día 20 de Abril, Lunes (7 días hábiles). Para consultar las bases de la convocatoria, haz clic aquí: convocatoria bases firmadas AYUNTAMIENTO PELIGROS

Beneficiarios de las Ayudas.

Personas físicas o jurídicas cuya actividad que desarrollan se haya visto afectada por el cierre de establecimientos dispuesto por el Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo, por el que se modifica el artículo 10 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma (primero) para la gestión de la situación de crisis sanitariaocasionada por el COVID-19.

El objeto de las ayudas, que dependen directamente de Alcaldía, es “paliar y actuar de manera inmediata ante las consecuencias derivadas de la crisis provocada por el COVID-19, y minimizar la grave situación social y económica a la que se enfrentan los negocios de Peligros con establecimiento físico abierto al público y un máximo de 5 trabajadores” que hayan tenido que cerrar como consecuencia de la declaración del primer estado de alarma por la pandemia. Pretenden también que, una vez finalizada la alarma sanitaria, se produzca una rápida reactivación de la economía en el municipio.

“Somos conscientes de que hay mucha gente que está pasando y va a pasar dificultades a raíz de la crisis sanitaria. Desde el Ayuntamiento de Peligros, en la medida de nuestras posibilidades y como hemos hecho hasta ahora, no vamos a dejar a nadie atrás. Ahora aprobamos unas ayudas que representan un importante esfuerzo económico para las arcas municipales, traspasamos 75.000 euros de otras partidas a las subvenciones a ‘pymes’, pero no van a ser las únicas; ya hemos puesto varias iniciativas en marcha y van a ser varias más, para que nadie se quede atrás”, ha comentado el alcalde de Peligros, Roberto García.

El Ayuntamiento dedica a estas ayudas un total de 85.000 euros. Esta cantidad se cargarán a la partida de subvenciones a ‘pymes’ del presupuesto municipal de 2020. Tras la presentación de solicitudes, se procederá a un prorrateo del total. La ayuda se anticipará al completo con la resolución de la concesión.

El régimen de la subvención es el de concurrencia competitiva, no obstante lo anterior, no se fijará un orden de prelación entre las solicitudes presentadas que reúnan los requisitos establecidos para el caso, permitiendo atender la solicitud de ayudaeconómica de todos los negocios afectados.La ayuda, consistirá en una cuantía única con la que se apoya el compromiso de mantenimiento de la actividadeconómica y el empleo.

Obligaciones de los beneficiarios y su justificación.

El artículo 7 de las bases y convocatoria de esta ayuda urgente, recoge que sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, son obligaciones de los beneficiarios el mantenimiento de la actividad económica y de las personas contratadas, si las hubiera, en el momento del cierre, durante los 5 meses siguientes al levantamiento de la declaración del estado de alarma que le permita la apertura de la actividad.

Así mismo, los beneficiarios, tendrán que justicarlo en el plazo máximo de 7 meses tras el levantamiento del estado de alarma con:

a).- Informe actualizado de la vida laboral del solicitante emitido por la Seguridad Social donde quede acreditado que el negocio estaba dado de alta en la fecha de la declaración del estado de alarma, es decir, a fecha de 14 de marzo y que ha estado manteniendo su actividad durante los 5 meses posteriores al levantamientode la declaración del estado de alarma.

b).- En su caso, acreditación del número de trabajadores de la empresa y que los mismos han continuado contratados los 5 meses posteriores al levantamiento de la declaración del estado de alarma que le permite la apertura de la actividad. Para ello se aportara la Relación nominal de trabajadoresun informe actualizado de la vida laboral .

¿Cómo será la tramitación?

La tramitación será de urgencia, reduciendo burocracia en el papeleo, y a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario (salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos).

La presentación de las solicitudes se hará de forma telemática, en la sede electrónica del Ayuntamiento (ventanilla.ayuntamientopeligros.es). Junto a la documentación exigida, habrá que añadir una declaración jurada, haciendo constar que se es titular de un negocio establecido en Peligros, que se encuentra cerrado como consecuencia del estado de alarma, y que se compromete al mantenimiento de la actividad económica y de las personas contratadas durante los cinco meses siguientes al levantamiento del Estado de Alarma que permita la apertura de la actividad.

Terminado el plazo de solicitudes, habrá un plazo de subsanación de cinco días, tras el que se publicarán los beneficiarios en los medios municipales. Habrá entonces otros cinco días de plazo para presentar alegaciones. Estas ayudas son compatibles con cualquier otra subvención, ayuda, ingreso o recurso procedente de otras administraciones públicas o privadas, para la misma finalidad.

¿Cómo solicitar las ayudas municipales para negocios pequeños y medianos de Peligros?

Hoy 8 de Abril, se abre el  plazo para solicitar las ayudas urgentes del Ayuntamiento de Peligros para negocios pequeños y medianos, con entre 1 y 5 trabajadores, que hayan tenido que cerrar por la crisis sanitaria. El plazo está abierto hasta el lunes 20 de abril incluido.

Las ayudas se pueden solicitar de forma telemática a través de la sede electrónica del Ayuntamiento. Para hacerlo, es preciso tener certificado digital instalado en el dispositivo desde el que se tramiten. En caso de no tenerlo todavía, llama al Ayuntamiento (958 40 00 65 y 958 40 00 86) para obtenerlo.

 

¿Cómo solicitar la ayuda a través de la sede electrónica?

Primera parte: obtención y cumplimentación de los impresos

1º) Accede a la sección de ‘Administración Electrónica’, en la parte superior derecha de la web municipal. Enlace directo: http://ayuntamientopeligros.es/ayuntamiento/administracion-electronica/

2º) Entra en ‘Impresos’. Enlace directo: http://ayuntamientopeligros.es/impresos/

3º) Descarga los anexos I y II (solicitud y declaración responsable). Los archivos, .pdf, son autorrellenables. Rellénalos y guárdalos en tu dispositivo.

Segunda parte: solicitud telemática

4º) Entra en ‘Sede electrónica’ y, ahí, accede a ‘Registro telemático’. Enlace directo: https://ventanilla.ayuntamientopeligros.es/index.php?id=37

5º) Haz clic en ‘Solicitud genérica’. Accede con tu certificado digital. Sigue los pasos para realizar la solicitud: indica el motivo de la solicitud en el campo obligatorio, aporta los anexos I y II que rellenaste antes (no olvides ‘Adjuntar’), firma con tu firma digital, y listo. Puedes descargar e imprimir el justificante de tu operación.

La forma de pago, con la resolución de concesión, se anticipará el 100% de la cantidad concedida, liberándose a los beneficiarios del establecimiento de garantías.

Otras ayudas solicitadas al Ayuntamiento de Peligros por Juncaril.

Otras ayudas y medidas de apoyo que la Asociación de Empresarios del Parque Empresarial Juncaril ha solicitado al Ayuntamiento de Peligros son:

1.-Se disminuya la base imponible de IBI, proporcionalmente a los días que dure el estado de alarma y sus prórrogas.

2-. Disminución de la base imponible de Impuesto de Actividades Económicas, proporcionalmente a los días que dure el estado de alarma y sus prórrogas.

3.- Carencia de dos meses sin intereses en el pago de tributos municipales sin necesidad de presentar aval.

4.- Bonificaciones en vados y similares proporcionalmene a los días que dure el estado de alarma y sus prórrogas.