Resumen de Ayudas para el fomento de las iniciativas emprendedoras de Autónomos.

Resumen de Ayudas para el fomento de las iniciativas emprendedoras de Autónomos.

La Consejería de Economía y Conocimiento, a través de la Dirección General de Economía Social y Autónomos, ha convocado la concesión de subvenciones destinadas al fomento de las iniciativas emprendedoras de trabajo autónomo, con una dotación de 7 millones de € según las noticias de Europa Press.

Según establece la Resolución de 27 de diciembre de 2017, de estas subvenciones, de la línea 1, serán BENEFICIARIAS a aquellas personas físicas -con domicilio fiscal y residencia en la comunidad autónoma de Andalucía- que de manera habitual, personal, directa y por cuenta propia -fuera del ámbito organizativo o directivo de una tercera persona- realicen alguna actividad económica o profesional con fines lucrativos e independientemente de que generen, o no, empleo.

La Resolución recoge tres son los REQUISITOS IMPRESCINDIBLES para poder optar a las citadas subvenciones. El primer requisito, es que el demandante de estas subvenciones, debe establecerse como trabajador autónomo -o en la mutualidad correspondiente, en su caso- en el momento de la presentación de la solicitud. El segundo requisito que han de cumplir, es que los años inmediatamente anteriores a la fecha del establecimiento como trabajador autónomo, no se haya estado dado de alta en el RETA o en la mutualidad correspondiente. El último requisito, es que el demandante de la ayuda cumpla con lo establecido en el artículo 12 de la Orden de 2 de diciembre de 2016.

El objetivo que se persigue con estas ayudas, es fomentar y reforzar el autoempleo individual a través del inicio de una actividad económica en Andalucía. Existen por ello, COLECTIVOS CON ESPECIALES DIFICULTADES, como son:

– Mujeres

– Hombres menores de 30 años

– Hombres mayores de 45 años

– Mujeres víctimas de violencia de género

– Personas con discapacidad reconocida en un grado igual o superior a 33 %

– Personas desempleadas de larga duración (24 meses ininterrumpidamente)

– Personas en riesgo de exclusión social.

 

Del mismo modo, y atendiendo a diferentes criterios de zonas de nuestra geografía, existen AREAS TERRITORIALES PREFERENTES:

– Áreas en que la tasa de paro sea un 10% mayor que en la media de Andalucía

– Municipios que se encuentren ubicados en la Red de espacios Naturales protegidos de Andalucía

– Municipios que cuenten con menos de 5.000 habitantes.

Pinche en la fotografía para ampliar información.

Pinche en la fotografía para ampliar información.

Como AREAS DE EMPLEO PREFERENTES

– Sector de las tecnologías de la información y la comunicación (5811 al 6399)

– Actividades profesionales, científicas y técnicas

– Actividades en las que la mujer esta subrepresentada. Construcción industria y agricultura

– Actividades que se desarrollan por personas tituladas universitarias, o formación profesional grado medio o bachiller o eso, con titulación obtenida hasta cinco años antes de la presentación.

El plan de viabilidad se presentará con la solicitud, lo realizará el CADE.

Las OBLIGACIONES ESPECÍFICAS que se establecen son dos. Por un lado, mantener de forma ininterrumpida la condición de trabajador autónomo durante doce meses a contar desde el día siguiente al que en que finalice el plazo de presentación. Por otro lado, que los beneficiarios de estas ayudas no compatibilicen su actividad como autónomo con otra por cuenta ajena.

Las CUANTIAS siempre que no se pertenezca a ningún coletivo especial ó area preferente, será de 2.000 €. Esta cuantía será de 3.000 €, en los casos o colectivos que se recogen a continuación:

  •  Mujeres
  •  Hombres menores de 30 años
  •  Hombres mayores de 45 años
  •  Mujeres víctimas de violencia de género
  •  Personas desempleadas de larga duración (24 meses ininterrumpidamente)
  •  Personas en riesgo de exclusión social
  •  Cuando la persona resida en Áreas territoriales
  •  Cuando la persona inicie la actividad en las áreas de empleo preferentes (7C)

La cuantía llegará a 3.500 € para personas con discapacidad reconocida en un grado igual o superior al 33%.

 

El PLAZO finalizará el próximo  01 de Marzo de 2018.

Cualquier consulta, llama a esta Asociación al 958 490 380 o al CADE de Albolote 958 94 10 05 / 671 532 354 / 671 53 67 91. (cade.albolote@andaluciaemprende.es)