Subvenciones del Ayuntamiento de Albolote al comercio.

Subvenciones del Ayuntamiento de Albolote al comercio.

El pasado Martes 23 de Junio, comienza el plazo para solicitar las Subvenciones para Autónomos y Comercios de Albolote – Covid-19.

  • Plazo máximo de presentación de solicitudes: 13 de Julio.
  • Beneficiarios:  Las empresas que han tenido que cesar su actividad como consecuencia de la declaración del estado de alarma decretado por la emergencia sanitaria generada por el Covid-10. Quedan excluidas las actividades que pudieron abrir sus puertas según el RD. 465/2020 de 17 de Marzo. (*)
  • Objeto: Sufragar gastos de naturaleza no inventariable, ( tales como el coste del seguro del régimen especial de trabajadores autónomos, bien un contrato de arrendamiento de uso distinto para la vivienda, en las condiciones, cantidad máxima y con los requisitos que posteriormente de detallarán, o bien facturas que acrediten el gasto devengado con las características que igualmente se detallarán) en que hayan incurrido los sujetos que puedan adquirir la condición de personas beneficiarias, entendiendo por tales aquellas que son definidas en las presentes bases.
  • Cantidad: Cada beneficiario podrá llegar a tener una subvención máxima de 350€. Para ello, debe justificar losimportes de gastos y pagos iguales o superiores a dicha cantidad, y será única por persona física o jurídica.
  • Presentación: Preferiblemente a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Albolote.

Toda la información.

En el siguiente enlace del Ayuntamiento de Albolote, podrán encontrar las bases de estas Subvenciones así como el resto de documentación que solicita: https://albolote.org/bases-subvenciones-comercios-autonomos-albolote-covid-19-13-julio/