Todo lo que debes saber sobre el alquiler turístico en Andalucía.

Todo lo que debes saber sobre el alquiler turístico en Andalucía.

En los últimos años ha aumentado la proliferación de plataformas colaborativas para el alquiler turístico, como Airbnb, y ello ha conllevado una serie de regulaciones por parte de las diferentes Comunidades Autónomas en esta materia.

Estas plataformas han puesto en contacto a millones de turistas con propietarios de todo el mundo, abriendo una oportunidad de negocio a muchos particulares.

Entre 2014 y 2016 se generó cerca de 12 mil millones de euros en España, de los cuales 9.600 repercutieron en el entorno de las familias.

Según el INE (Instituto Nacional de Estadísticas), en mayo de 2017 se alojaron cerca de 875.000 personas en hospedajes de este tipo, siendo un 39,9% más que en el mismo periodo de 2016. Siendo incluso una subida mucho mayor que la que experimentaron las habitaciones de hotel, que fue de un 7,1%.

Es por ello que, para que todo se rija bajo la legalidad, ciertas Comunidades Autónomas se han empezado a poner las pilas en esta materia.

Nosotros en este caso vamos a explicar la legislación del alquiler turístico en Andalucía.

¿Qué significa vivienda con fines turísticos?

Antes de nada, vamos a pararnos para explicar qué significa el concepto de vivienda con fines turísticos.

Las viviendas con fines turísticos son propiedades que se encuentran ubicadas en suelo de uso residencial o zona residencial, y que se ofrecen con regularidad con fines turísticos mediante un acuerdo de alquiler.

Además, estas viviendas con fines turísticos se suelen ofertar a través de canales de turismo como agencias de viajes, intermediarias (como Airbnb) o aquellos que dan servicios que incluyen la posibilidad de realizar una reserva.

¿Cuál es la normativa aplicable respecto al alquiler turístico en Andalucía?

En Andalucía existen una serie de normativas específicas que afectan a las viviendas con fines turísticos o al alquiler turístico.

Estas normas son las siguientes:

La última está sobre todo orientada a la regulación del uso de plataformas colaborativas en el tema del alquiler turístico como Airbnb o HomeAway.

Asimismo, también se puede establecer clausulas específicas a través de un contrato de alojamiento turístico, sobre temas relacionados con el régimen de reservas y cancelación, prohibiciones a los usuarios, reparaciones, mantenimiento, entrada y salida de los clientes, desistimiento del usuario, depósito o fianza por pérdida o deterioro de instalaciones, etc.

Foto cortesía de Pîxabay.

¿Cuáles son las características que debe cumplir un alquiler vacacional?

Como hemos visto, en Andalucía el alquiler vacacional está regulado por el Decreto 28/2016, de 2 de febrero. Y, según este, algunas de las características que debe cumplir una vivienda para poder ser dada de alta como vivienda con fines turísticos son:

  • Formalizar la inscripción gratuita de la vivienda en el Registro de Turismo de Andalucía.
  • Cumplir con las condiciones técnicas y de calidad exigibles, así como disponer de licencia de ocupación.
  • Las habitaciones deben tener ventilación y algún sistema de oscurecimiento en las ventanas.
  • Las habitaciones deben disponer de elementos fijos de refrigeración de mayo a septiembre. Y de sistema de calefacción de octubre a abril.
  • El piso debe estar amueblado y equipado para su ocupación inmediata.
  • Facilitar a los inquilinos un número de teléfono para atender y resolver de forma inmediata cualquier incidente que tengan.
  • Colaborar con la inspección turística, cuando se produzca, en el desempeño de sus funciones.
  • Libro de Hojas de Quejas y Reclamaciones. Así como un cartel anunciador de su disponibilidad en un lugar visible dentro de la vivienda.

Además de lo anterior, también se debe disponer de información turística de la zona, en formato físico o electrónico, para el usuario; de limpieza de la vivienda en la entrada y salida de los usuarios; de ropa de cama y menaje en función del número máximo de ocupantes.

Igualmente, se debe informar al usuario o usuarios de las normas relativas al uso de las instalaciones y equipos de la vivienda, de las zonas restringidas y de la admisión y existencia de mascotas.

Alquiler turístico: Alta en el Registro de Turismo en Andalucía

Y es que alquilar tu vivienda con fines turísticos conlleva realizar una serie de trámites como el alta en el Registro de Turismo de Andalucía, de obligado cumplimiento desde el 11 de mayo de 2017.

Para realizar este alta en el Registro de Turismo de Andalucía debes seguir los siguientes pasos:

  1. Declaración responsable: Formalizar una declaración en la que manifiestes el cumplimiento de los requisitos de obligado cumplimiento.
  2. Inscripción en el Registro de Turismo de Andalucía: Dar de alta o inscribir tu vivienda en el registro a través de un formulario online o en la delegación territorial de la Consejería en la provincia correspondiente.
  3. Código de inscripción: Una vez te hayas dado de alta en el registro, la Consejería te facilitará un código de inscripción que deberá aparecer en la publicidad que hagas del alojamiento turístico.

Es por ello también, que la plataforma Airbnb se ha adecuado a las leyes vigentes en Andalucía y desde mayo de este año ha implementado un sistema de registro online simplificado que facilitará a los anfitriones andaluces cumplir con las leyes de alquiler turístico.

Por lo que no publicará, ni publicitará, viviendas que no estén dadas de alta en el Registro de Viviendas Turísticas de Andalucía.

¿Cuáles son las obligaciones con Hacienda?

El pasado diciembre, el Consejo de Ministros aprobó una medida que obliga a las plataformas de alquiler turístico a proporcionar información de forma periódica acerca de los alquileres que se tramiten a través de ellas y que sea de interés para Hacienda.

Información que deberá contener la identificación del arrendador y arrendatario, la vivienda alquilada, el tiempo de estancia y el precio cobrado.

Asimismo, esta información tendrá una doble verificación por parte de Hacienda: mientras que el propietario rinde cuentas con el fisco, las plataformas intermediarias deberán declarar sus ingresos a Hacienda. Por lo que, si se encontrasen discrepancias en el procedimiento, probablemente se producirían inspecciones y, si llegase el caso, sanciones.

Por ello, para garantizar que cumples adecuadamente con la normativa y que mantienes convenientemente tus cuentas de alquiler turístico al día, es recomendable contar con el asesoramiento personalizado adecuado.

Así que, si necesitas ayuda y asesoramiento personalizado para el alquiler con fines turísticos de tu vivienda, puedes escribirnos o llamarlos al 958 491 904. Estaremos encantados de proporcionarte toda la información que necesites.

¿Qué te parece la normativa vigente en Andalucía en materia de alquiler turístico? ¿Alguna vez has alquilado tu piso por plataformas como Airbnb? Cuéntanos en los comentarios.